El “tiempo fuera” antes o después del parto. Ese descanso necesario e imprescindible para que todo salga según lo establecido. Ese periodo de adaptación hacia la nueva vida que se acaba de iniciar. La baja laboral en el embarazo permite todo ello.
Como todo en esta vida, todos los cambios e inicios de algo nuevo van acompañados de mil y una dudas y preguntas. En SingularMom somos plenamente conscientes y una vez más queremos hacer hincapié en que la información es y será siempre tu principal arma y herramienta. Por ello nuestro objetivo a lo largo de las siguientes líneas es resolver una a una tus principales dudas respecto a este proceso. ¡Vamos a ello!
¿Qué es la baja laboral en el embarazo?
“Estoy embarazada… ¿puedo trabajar?” Rotundamente SÍ. En negrita, subrayado y en mayúsculas. Estar embarazada no implica no poder trabajar. ¡No estás enferma! Salvo por supuesto algunas situaciones excepcionales que harán que tu ginecólogo tramite tu baja. Pero, vayamos poco a poco para que no te quedes con ninguna duda.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de la baja laboral por maternidad? Al periodo de descanso en el trabajo que se disfruta en dos tipos de ocasiones:
- Tras el parto.
- Después de una adopción o tutela de un menor
El objetivo de este permiso laboral radica en la protección de la salud de madre e hijo no solo durante el embarazo si no en el posparto y durante los meses siguientes. Proporciona una seguridad económica favoreciendo la correcta adaptación a la nueva situación familiar. De este modo el descanso tras el alumbramiento es obligatorio durante las seis semanas posteriores.
Tipos de baja laboral en el embarazo
No obstante la baja laboral no solo se puede producir tras el parto o adopción. Existen tantos tipos de bajas laborales en el embarazo como motivos que la puedan causar. Por eso es fundamental tener en cuenta las diferentes casuísticas que podamos encontrarnos.
Baja laboral por embarazo de riesgo
Es un tipo de baja que se produce en aquellos embarazos en los que el reposo es uno de los principales tratamientos. En esos casos la baja es inmediata. Algunos ejemplos de embarazos de riesgo son aquellos en los que existe peligro de parto prematuro, riesgo de aborto o sangrados frecuentes, placenta previa,… Aquí puedes leer más sobre los niños prematuros.
Baja laboral por riesgo en el embarazo
No. No nos hemos confundido escribiendo. No es lo mismo embarazo de riesgo que riesgo en el embarazo. Y esto va muy relacionado con la actividad que desempeñes en tu puesto de trabajo y el riesgo que esta implique.
Puede ser tu caso si tus funciones se relacionan con el levantamiento de peso, implican mantener posturas poco recomendables para el correcto desarrollo del feto, manipulas productos químicos o tóxicos, etc. Aquí puedes leer más sobre el desarrollo del feto en el primer trimestre, desarrollo del feto en el segundo trimestre y desarrollo del feto en el tercer trimestre.
En este tipo de casos tu empresa debe tratar de adaptar tu puesto de trabajo siempre que se pueda. En caso de resultar inviable se procederá a suspender el contrato y cobrarás el 100% de la base reguladora.
Baja laboral por enfermedad común
Al igual que si no estuvieras embarazada, puedes recibir la baja por una gripe o cualquier motivo extra-laboral. Si sientes molestias tu médico puede plantearse firmar tu baja laboral. Una vez estés recuperada de dicha contingencia podrás retomar tus funciones cuando tu médico así lo considere. En este caso en concreto cobrarías un 60% de la base reguladora entre los días 4º y 20º. A partir del día nº 21, subirás al 75%.
Dudas más frecuentes relacionadas con la baja laboral en el embarazo
Algunas de las dudas más frecuentes relacionadas con dicho trámite se relacionan con las siguientes preguntas.
¿Cuánto dura la baja en el embarazo?
En ambos supuestos (parto o adopción) la baja laboral dura 16 semanas. Aunque es importante tener en cuenta que en el segundo caso para que dure esa cantidad (16 semanas) la edad del menor debe ser inferior a 6 años y/o debe presentar algún tipo de discapacidad. Ni qué decir tiene que la baja por maternidad no afecta al periodo vacacional. Podrás disfrutar de tus días de descanso al finalizar la baja.
¿Cuándo se puede pedir la baja por maternidad?
Dependerá de las funciones que desempeñes en tu puesto de trabajo así como de tu estado de salud. ¡Ojo! No solo se tienen en cuenta aquellos factores físicos relacionados con tu empleo sino factores de índole psicosocial.
No podemos olvidarnos que cuidar la salud emocional en el embarazo resulta de vital importancia. ¿Lo ideal? Que hables con tu ginecólogo y/o matrona de tu situación en particular para que te ayuden a evaluar cualquier tipo de riesgo que pueda afectar tanto a tu bebé como a ti.
¿Cuánto se cobra durante la baja del embarazo?
Exactamente igual que si estuvieras trabajando, es decir, el 100% de la base reguladora. No obstante hay una serie de requisitos que debes cumplir como tener mínimo 180 días cotizados en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de toda tu vida laboral. La cantidad de días se reduce a la mitad si tu edad está comprendida entre los 21 y los 26 años.
“¿Y yo qué hago si soy autónoma?” – puede que te estés preguntando en estos momentos. No te preocupes, también tienes derecho a tu baja por maternidad. Recibirás un 100% de la bonificación de la cuota mínima de autónomas en este periodo.
Sé que probablemente no lo hagas, sé que no te va a compensar y que no te puedes arriesgar a perder trabajo, pero no está demás que lo sepas. ¡Mucho ánimo!
Otros permisos relacionados con la baja laboral en el embarazo
Además de la baja por maternidad no podemos dejar de lado otros dos permisos de suma importancia como son el permiso de lactancia y la baja por paternidad.
El permiso de lactancia
Ligado a la baja laboral en el embarazo encontramos el permiso por la lactancia materna. ¿Qué es esto?
Pues ni más ni menos que la ayuda que se presta para que tanto la madre como el padre (uno de los dos) pueda ausentarse de su puesto de empleo durante una hora con el objetivo primordial de alimentar a su bebé. Aquí puedes leer resolver tus dudas sobre la lactancia.
Puntos a tener en cuenta sobre este permiso:
- Si las condiciones laborales suponen un riesgo la empresa debe reubicarte en un nuevo puesto de empleo siempre que sea posible. Si la reubicación resulta inviable se suspenderá el contrato y cobrarás el 100% de tu sueldo durante el permiso.
- Puede ser disfrutado por ambos miembros de la pareja.
- Se deja libre 1 hora de cada jornada laboral durante los primeros 9 meses de vida.
- Esa hora se puede dividir en dos franjas de media hora siempre que se quiera.
- En embarazo múltiple se permite una hora de ausencia laboral por cada hijo.
- Otra opción de disfrutar del permiso de lactancia es acumular las horas y disfrutarlas de seguido.
La baja por paternidad
¿Y qué pasa con la figura del papá? ¿Cómo afecta el embarazo a la pareja? Esta ayuda conocida como baja por paternidad también la puede disfrutar el padre de la criatura. Desde Enero del 2021 se pueden disfrutar de 16 semanas de permiso retribuido.
La baja por paternidad se puede disfrutar al mismo tiempo que la madre o incluso la madre puede ceder días de baja al padre, pero de ningún modo el padre podrá ceder días a la madre. Así, la baja de la madre será fija y la lactancia materna probablemente acabe a los 4/5 meses, según añada o no sus vacaciones a la baja, a no ser que haga un gran esfuerzo a nivel de sacaleches y organización de horarios. En este caso, luchar por nuestros derechos como mujer a nivel laboral ha ido en detrimento de nuestros derechos como madres. Añadiré que esto no ocurre así en otros países, como por ejemplo Alemania en el que los padres pueden disfrutar de todo un año y son ellos los que eligen en qué proporción.
Además hay quien prefiere disfrutar del descanso durante toda la jornada laboral o bien reducirlo a la mitad de la jornada para prolongarlo más en el tiempo (en este caso se disfrutarían de 8 semanas a tiempo parcial). Se podrá realizar como mejor os venga siempre que la empresa en la que trabajes no ponga os lo facilite.
Trámites a realizar en la baja del embarazo
Lo primero que debes saber es que puedes solicitar tu baja por maternidad a partir del siguiente día de descanso, es decir, puedes dar a luz y solicitar la baja tras el nacimiento de tu bebé. ¿Cómo? Presentando los documentos necesarios (que incluyen el documento de identidad, el libro de familia y el modelo de solicitud correspondiente) ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS. En un plazo máximo de 30 días el trámite deberá estar resuelto.
En definitiva, es importante llevar a cabo una serie de rutinas saludables para evitar coger la baja demasiado pronto y sobre todo para que puedas disfrutar de un embarazo, parto y posparto saludables. Desde SingularMom te recomendamos que evites esfuerzos, que cuides la nutrición en el embarazo y que procures descansar.
Por supuesto queremos hacer especial hincapié en lo vital que resultan las clases de preparación al parto para que no solo vivas un embarazo pleno y satisfactorio sino que además llegues al momento del parto con toda la información con la que nosotras contamos. Si con todo lo que te vamos a enseñar y con nuestro entrenamiento conseguimos que llegues tranquila y segura, habremos conseguido nuestra misión principal.